“Celestina estaba tomando un zumo de naranja en la cafetería de la Facultad cuando la llamó su cuñada. Vio su número en el móvil y decidió no atenderlo, no tenía ganas. Había empezado mal el día, el termo no funcionaba bien y se había tenido que duchar con agua fría. Y el mes de marzo en Salamanca no invita, desde luego, al agua fría.
Pensó que no sería importante y dejó que sonara. Pasados unos segundos desde que dejara de sonar, se volvió a repetir la llamada. Era su cuñada de nuevo. Pensó que algo pasaba, que no iba a llamarla dos veces seguidas si no fuera importante. Y lo cogió.
- Celestina, ¿dónde estás? ¿estás viendo la tele? Pon La 1, deprisa.
- Espera, espera, que no estoy en casa, sino en una cafetería. ¿Qué pasa?
- Que están hablando de ti.
- ¿De mí? ¿En la tele?
- Sí, acaban de anunciar un reportaje completo pero ya han sacado un avance. Es acerca de esa multa del Ayuntamiento que te llegó el otro día.
- ¿Qué dices? ¿La denuncia que me puso la bruja de mi vecina de abajo que se queja siempre de los ruidos?
- Esa, esa. Que dice que haces mucho ruido por las noches, cuando estás en la cama con mi hermano. Fíjate que dice que hasta habéis provocado una grieta en su salón…
- No me lo puedo creer. Pero no dirán mi nombre, ¿no? Espera, que estoy viendo la tele aquí. Menos mal que no tiene sonido. Pero si esa es la tienda de mi calle, “La cocina de Geli”. Y mi portal. Y ahí sale Blanca, mi vecina. ¿Qué está diciendo?
- Oye, cuñada, que dice que no paráis de darle al asunto, que gritáis mucho, que movéis la cama y le rompéis las paredes, que se ha tenido que ir dos meses de casa para poder dormir por las noches.
- No me lo puedo creer…
- Espera, que ahora uno de los tertulianos le está preguntando si quien vive ahí es una chica sola o un matrimonio. Y otro le está preguntando si hay trasiego de personas en la vivienda y si es posible que se encuentre instalado un “negocio” en tu casa.
- ¡Será P*$z@+! No estará llamándome …
- No, dice que no lo sabe, pero la cara que pone y los gestos dicen otra cosa. ¿Qué vas a hacer, cuñada?
- No lo sé, esconderme en el fin del mundo, marcharme del piso, no lo sé. Hablaré con un abogado a ver qué me aconseja”.
Hasta aquí el relato ficcionado de cómo pudo ocurrir. Pero la realidad es igual de impactante. El programa se llama “La Mañana” y se emite por La 1, la televisión pública. En concreto, se emitió el 8 de marzo de 2017 y si alguien tiene curiosidad por verlo está accesible en este enlace. Puede verse aproximadamente a partir del minuto 1:08:45 y el reportaje, que se ajusta plenamente a lo que indica la sentencia, dura unos diez minutos.
Aunque inicialmente el juzgado rechazó la demanda interpuesta por Celestina contra RTVE y contra Blanca por intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la propia imagen –en la que solicitaba una indemnización de 20.000 euros- con posterioridad, tanto la Audiencia Provincial de Salamanca como el Tribunal Supremo han coincidido en que el programa vulneró su derecho al honor.
La demanda se fundaba en que el vídeo identificaba la calle, casa, el piso, y se publicaba incluso la imagen de la puerta de la vivienda de Celestina. Además, “la periodista manifestaba que los ruidos provenían de la cama de la vecina de arriba, por su actividad nocturna, que provocaban que se cayeran las cosas de la estantería de la denunciante; que en el reportaje aparecía la vecina codemandada que se quejaba de la imposibilidad de dormir a causa de la fogosidad de la demandante, mostraba las grietas de su casa y explicaba que incluso el radiador llegaba a vibrar, y daba detalles de las expresiones que escuchaba; y que en el reportaje se apuntaba la posibilidad de la práctica de prostitución”.
La Audiencia Provincial de Salamanca estimó la demanda al considerar que se había vulnerado el derecho al honor y la imagen de Celestina. Según la misma, la información y las expresiones emitidas y manifestadas por las codemandadas no se refieren a asuntos de relevancia pública ni interés general, ni por razón de su materia, ni por razón de las personas; solo el morbo hace que se conviertan en noticia aspectos de la vida íntima de una persona con insinuaciones reiteradas sobre que los ruidos están relacionados con su vida sexual, con sugerencias de promiscuidad e incluso insinuaciones sobre si puede dedicarse a la prostitución; quienes conociesen a la demandante sabrían, viendo el reportaje, que se trataba de ella (se habla de una chica, se muestra el barrio en el que vive y la calle, se enfoca el número, se emite una imagen de la puerta del portal, del edificio y de las tiendas colindantes, se hacen preguntas al dueño y a algún cliente, se pregunta al dueño o empleado del bar que dice que la conoce, se identifica el piso y la letra de la vivienda donde vive, se entrevista a algunas vecinas del inmueble, de cuyas contestaciones se concluye que con los datos ofrecidos por la periodista se puede identificar claramente a la protagonista del reportaje).
Finalmente, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 21 de julio de 2023 –que podéis localizar AQUÍ- confirma la sentencia de la Audiencia y estima la demanda por los siguientes argumentos:
1. A pesar de que RTVE insiste en el carácter noticioso de la contaminación acústica, y que ese es un asunto de interés y relevancia pública, el Tribunal considera que las manifestaciones vertidas en el reportaje se encuentran imbricadas en unas relaciones de vecindad, con escasa relevancia pública. La vecina, Blanca, alude claramente a la vida privada de Celestina, lo que dice que oye, a la frecuencia con la que escucha los ruidos y su intensidad. De este modo, a la vista de los hechos probados, ni el reportaje ni las manifestaciones de Blanca versaban sobre la contaminación acústica, sino sobre los ruidos producidos supuestamente por la actividad sexual de Celestina, que se convierte directamente en la noticia y en objeto del reportaje.
2. No está justificado y es desproporcionado que Blanca aireara en un programa de televisión que las molestias acústicas producidas pudieran proceder de la intensa actividad sexual de Celestina. Tales manifestaciones, por la forma que se hicieron, suponen un atentado tanto a la intimidad como a la reputación personal de la demandante en modo tal que provocan objetivamente su descrédito.
3. Por lo que se refiere a la identificación de Celestina, concluye el Tribunal que es cierto que al tratarse de un personaje privado, obviamente solo puede ser identificada por personas que la conocen. Pero, sin duda, con los datos ofrecidos, quien conociese a Celestina sabría, viendo el reportaje, que se trataba de ella.
4. Finalmente, no puede acogerse el argumento de Blanca acerca de que se limitaba a responder a las preguntas que le hacía la periodista puesto que participa activamente en el reportaje quejándose de la fogosidad de su vecina, apuntando como causa de las grietas de su techo a los "meneos que pegan los de arriba", o diciendo que el radiador llega a vibrar, y refiere expresiones que dice que escucha con tal detalle que se llega a advertir por la conductora del programa que se está emitiendo en horario infantil.
Creo que la sentencia es muy interesante porque pone fuera de la legalidad dos situaciones muy frecuentes en la vida diaria:
a. La primera es una característica muy humana: el afán de meterse en la vida de los demás, que puede ser más o menos de nuestro gusto, pero que en todo caso nos resulta ajena, y, además, está protegida legalmente. Como escribí alguna vez en referencia al derecho al olvido –puede verse en este enlace AQUÍ- cuando el chismorreo se emitía en el bar o en la plaza pública no solía pasar de ahí; pero en la actualidad, cuando las nuevas tecnologías permiten extender cualquier cosa de manera ilimitada en el tiempo y en el espacio, el daño que se puede causar es enorme.
b. La segunda es mucho más grave: la existencia de programas de televisión que viven no ya de la última noticia del famoso de papel cuché, sino que ahora se extiende a los puros cotilleos de personas anónimas, explotando el morbo de la situación. Nunca había visto el programa hasta ahora –y seguiré sin verlo si es que aún existe- pero uno de los mensajes que lanzan a la audiencia es algo así como “ustedes denuncian y nosotros vamos allí”. Evidentemente, eso provoca que la naturaleza humana, tan ávida de un minuto de gloria televisiva, se las ingenie para buscar las noticias más escabrosas.
I google translated the content into English. Not sure how accurate the translation is but from what I can read, It is concerning to see how personal matters can become public fodder, causing harm to individuals involved. Your story illustrates how easily personal matters can become the subject of public scrutiny due to the ubiquity of technology and media. It's a cautionary tale about the potential consequences when boundaries are crossed.